Santa Fe: solicitan el complimiento de la resolución que prohibió utilizar las banquinas para tareas agrícolas
Vecinos de pueblos fumigados presentaron ante la Dirección Provincial de Vialidad un pedido formal para que esa repartición cumpla inmediatamente con la resolución del Comité Interministerial de Salud Ambiental, que prohibió utilizar las banquinas para tareas agrícolas.
Dicha resolución, dictada, entre otros, por el actual director de Vialidad Provincial, Ing. Juan José Bertero, siendo Ministro de la Producción, dispone que ante el incumplimiento, esa Dirección deberá proceder a la destrucción de los cultivos, liberando áreas ilegalmente ocupadas, reservadas a la conservación de la biodiversidad y como corredores biológicos.
Los vecinos afectados manifiestan su preocupación por declaraciones transcriptas en una reciente nota de un vespertino de la ciudad de Santa Fe en la cual funcionarios de la repartición habrían manifestado su voluntad de incumplir la resolución, permitiendo la recolección de lo sembrado. “Por esta vez pase” parece ser el mensaje, lo cual constituiría un grave antecedente que premiaría al incumplidor, puesto que la totalidad de esas actividades se realizaron violando la resolución, que data de marzo de 2011. La presentación aporta datos concretos, como la existencia de sembrados en Ruta provincial N° 280 entre la localidades de Eusebia y Colonia Aldao, Ruta provincial N° 80 entre las localidades de Progreso y Hipatia; Ruta provincial 4 en Cululú y Ruta 93 entre las localidades de Cañada de Ucle y Chañar Ladeado.
Advierten que la Ley Nacional de Tránsito, a la cual adhiriera la provincia a fines del año 2010, impide transitar o detenerse en banquinas salvo emergencia, con lo cual toda la maquinaria involucrada en actividades agrícolas en una vía de escape como son las banquinas ante un eventual accidente, constituyen peligrosos obstáculos de los que difícilmente el funcionario o la provincia puedan excusarse.
Solicitan también una mayor publicidad tanto del contenido de la resolución como de las acciones realizadas o a realizarse por su efecto disuasor, sin perjuicio de las sanciones administrativas que corresponden a toda infracción, destacando que ningún interés particular está por encima del interés general, resultando la resolución de cumplimiento inmediato y obligatorio.
Santa Fe, 26 de diciembre del 2011.-
CAMPAÑA PAREN DE FUMIGARNOS! – SANTA FE
Con Copia a la Comisión Interministerial de Salud Ambiental.
Contactos:
Horacio Brignone – María Juana – 3406647930.
Patricio Acuña – San Justo – 3498402611.
Fernando Albrecht – Hersilia – 3491509043.
Para acceder a la nota (formato pdf) haga clic en el enlace a continuación y descargue el archivo: Nota al Ing. Juan José Bertero
Centro de Protección a la Naturaleza
Campaña «Paren de Fumigarnos!»
Belgrano 3716 – CP 3000 – Santa Fe – tel. 0342 4531157
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